La Ley Orgánica de Telecomunicaciones constituye el logro de una aspiración largamente anhelada por el país. En efecto, la nueva regulación está llamada a sustituir una legislación anacrónica constituida fundamentalmente por la Ley de Telecomunicaciones de 1940 y otras disposiciones legales dictadas con posterioridad a dicha fecha, con las que se pretendió resolver asuntos puntuales. Sin embargo, es necesario tener en cuenta que la circunstancia de extrema longevidad como la que presenta el ordenamiento jurídico legal que se sustituye en esta materia, no constituye
en sí misma una justificación suficiente para proponer un cambio en el mismo, toda vez que a tales efectos, resultó ser un instrumento inadecuado a las realidades que el nuevo desarrollo tecnológico había planteado a lo largo de las últimas dos décadas.
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, publicada el 12 de junio de 2000 en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 36.970, crea un marco legal moderno y favorable para la protección de los usuarios y operadores de servicios de telecomunicaciones en un régimen de libre competencia, así como para el desarrollo de un sector prometedor de la economía venezolana. Este nuevo instrumento legal consagra los principios que regulan las telecomunicaciones, con el objeto de garantizar el derecho a la comunicación de todos los ciudadanos del país, así como la realización de las actividades económicas necesarias para el desarrollo del sector.
Entre los objetivos de esta Ley destacan la defensa de los intereses de los usuarios y su derecho a acceder a los servicios de telecomunicaciones y al ejercicio de la comunicación libre y plural. Asimismo, la Ley de Telecomunicaciones procura condiciones de competencia entre los diferentes operadores y prestadores de servicios, estableciendo disposiciones en materia de precios y tarifas, interconexión y recursos limitados (numeración, espectro radioeléctrico y vías generales de telecomunicaciones), generando así el desarrollo y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías que impulsan la integración geográfica y la cohesión económica y social, al igual que la convergencia eficiente de servicios de telecomunicaciones.
Otro de los aspectos resaltantes de la Ley es que garantiza la incorporación y cumplimiento de las Obligaciones de Servicio Universal, mediante la creación de un Fondo cuya finalidad es subsidiar los costos de infraestructura necesarios para la satisfacción de dichas obligaciones y a la vez mantener la neutralidad de los efectos de su cumplimiento desde el punto de vista de la competencia; además, propicia la investigación y desarrollo del sector en el país, así como la transferencia tecnológica, y atrae la inversión nacional e internacional para el desarrollo del sector de telecomunicaciones, en virtud de que esta Ley proporciona seguridad jurídica, estableciendo reglas claras, transparentes, precisas y ajustadas al avance tecnológico del sector.
Los objetivos generales de esta Ley son:
1. Defender los intereses de los
usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de
telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la
prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en
particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto
en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos
efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores
de los servicios para la garantía
de estos derechos.
2. Promover y coadyuvar el
ejercicio del derecho de las personas a establecer medios de radiodifusión
sonora y televisión abierta comunitarias de servicio público sin fines de
lucro, para el ejercicio del derecho a la comunicación libre y plural.
3. Procurar condiciones de
competencia entre los operadores de servicios.
4. Promover el desarrollo y la
utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías cuando estén disponibles y
el acceso a éstos, en condiciones de igualdad de personas e impulsar la
integración del espacio geográfico y la cohesión económica y social.
5. Impulsar la integración
eficiente de servicios de telecomunicaciones.
6. Promover la investigación, el
desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones, la
capacitación y el empleo en el sector.
7. Hacer posible el uso efectivo,
eficiente y pacífico de los recursos limitados de telecomunicaciones tales como
la numeración y el espectro radioeléctrico, así como la adecuada protección de
este último.
8. Incorporar y garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de Servicio Universal, calidad y metas de
cobertura mínima uniforme, y aquellas obligaciones relativas a seguridad y
defensa, en materia de telecomunicaciones.
9. Favorecer el desarrollo
armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de
conformidad con la ley.
10. Favorecer el desarrollo de
los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y
fomentar la participación del país en organismos internacionales de
telecomunicaciones.
11. Promover la inversión
nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las
telecomunicaciones.
Autor: Victor Colmenares y Génesis Dudkin
Autor: Victor Colmenares y Génesis Dudkin
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